logo
  • Inicio
  • Sobre nosotros
  • Servicios
  • Blog
  • Contáctanos
  • Documentos
Llámanos +57 318 377 42 40
Contáctanos
Uncategorized

Descansos obligatorios de los trabajadores

by Camilo Barreneche
12/04/2019

Nuestro código sustantivo del trabajo ha dedicado cuatro capítulos de su contenido al derecho de los trabajadores a su descanso, días dominicales, festivos y vacaciones, entendiendo este como el tiempo al que tiene derecho el trabajador para su descanso con el propósito de retomar fuerzas para seguir desempeñando sus labores.

Descanso en días festivos

De acuerdo a la Ley 51 de 1983, todos los trabajadores tienen derecho a  descansar en los 18 días festivos que se presentan durante el año, unos días santificando fiestas religiosas y otros conmemorando días patrios, eso sí, disfrutando del día y remunerándose. Dicha ley ordena que cuando la fecha señalada no caiga lunes, se traslada para el lunes siguiente, incluso, si al día que se traslada es domingo en el calendario, será considerado festivo el día siguiente.

A la remuneración de estos días festivos tienen derecho todos los trabajadores, así hayan faltado al trabajo, con o sin justa causa durante la semana.

Descanso en día domingo

Si hablamos de día dominical es lógico que pensemos en el día domingo, así sucedió durante mucho tiempo, sin embargo gracias a la Ley de flexibilización laboral  Ley 789 de 2002, el día domingo cambio su significado por “día de descanso obligatorio”, así las cosas, no deberíamos entender el día domingo como el día de descanso obligatorio para todos los trabajadores, sino que este día podría ser cualquier día de la semana, claro está, que sí se trabaja el día domingo se tendrá derecho al recargo dominical.

Los días de descanso podrán variar de empresa a empresa, e incluso pude variar dentro de la misma empresa, todo dependerá del acuerdo al que se haya llegado con los trabajadores y las necesidades de producción o de atención al cliente.

¿Cómo se remunera el descanso en "dominicales y festivos"

En los días de descanso obligatorio cualquiera sea el día y en los días festivos, el descanso se remunera con el salario ordinario de un día de trabajo, excluyendo el pago de trabajo suplementario o de horas extras. Pero debemos entender que en todo sueldo ya está incorporado el pago correspondiente al día de descanso “dominical” y festivo.

Estos descansos en “dominicales” y festivos no se pagan adicionalmente al sueldo convenido sino que, se repite, van incluidos en él.

¿Cómo se remunera el descanso si el salario es variable?

Es el ejemplo del trabajador que pacta salario por unidad de obra, el descanso dominical se paga teniendo en cuenta el promedio devengado por el trabajador en los días laborales de la semana inmediatamente anterior al dominical que se le va a pagar.

En este caso el promedio se obtiene tomando el salario devengado en la semana y dividiendo por seis, que son, generalmente, los días laborales de la semana. Si los días laborados fueron cinco y no seis porque el día lunes fue festivo, el promedio se obtiene tomando el salario devengado en la semana y dividiéndolo por cinco; y con ese promedio de pago, se paga el día de descanso “dominical” como el día festivo de esa semana

¿Cuándo se tiene y cuándo se pierde el derecho al descanso "dominical"?

El trabajador puede perder el derecho al descanso “dominical” sino asiste a su lugar de trabajo y no cuenta con una justa causa para sustentarlo. Recordemos que esta regla no es aplicable a días festivos.

El empleador puede descontar el día de descanso “dominical” así como el día que efectivamente dejo de trabajar.

Sin embargo, si el trabajador no asiste a su lugar de trabajo con justa causa, como por enfermedad, fuerza mayo, caso fortuito, calamidad doméstica o disposición del empleador tendrá derecho a la remuneración del descanso.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *